Reglas, Reglamentos y Normas

1910.151(a)El empleador deberá garantizar la disponibilidad inmediata de personal médico para asesoramiento y consulta sobre cuestiones relacionadas con la sanidad vegetal.

1910.151(b)En ausencia de una enfermería, clínica u hospital en las inmediaciones del lugar de trabajo que se utilice para el tratamiento de todos los empleados lesionados, una o más personas deberán estar adecuadamente capacitadas para prestar primeros auxilios. Deberá haber suministros de primeros auxilios adecuados disponibles.

1910.151(c)Cuando los ojos o el cuerpo de cualquier persona puedan estar expuestos a materiales corrosivos nocivos, se deberán proporcionar instalaciones adecuadas para mojar o enjuagar rápidamente los ojos y el cuerpo dentro del área de trabajo para uso de emergencia inmediato.

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