Opinión médica escrita
El empleador deberá obtener y proporcionar al empleado una copia de una opinión médica escrita de cada médico examinador o consultor que contenga la siguiente información:
- La opinión del médico sobre si el empleado tiene alguna condición médica detectada que pondría al empleado en mayor riesgo de salud debido a la exposición al plomo.
- Cualquier medida de protección especial recomendada que se debe proporcionar al empleado, o limitaciones que se deben imponer a la exposición del empleado al plomo.
- Cualquier limitación recomendada sobre el uso de respiradores por parte de los empleados (presión positiva o negativa)
- El resultado de la determinación de plomo en sangre.