No se acerque a menos de 100 yardas y reduzca la velocidad a la velocidad mínima a menos de 500 yardas de cualquier buque naval grande de los EE. UU. La Guardia Costera ha establecido un Reglamento Federal para una Zona de Protección de Buques Navales, que se volvió permanente el 15 de junio de 2002. Según este reglamento, todos los barcos dentro de 500 yardas de cualquier buque de la Armada estadounidense de más de 100 pies de eslora deben operar a la velocidad mínima necesaria. para mantener el rumbo.
Sin embargo, ahora más que nunca, es importante que todos los navegantes entiendan la necesidad de mantenerse alerta ante cualquier embarcación naval que pueda estar en el área, mantener una escucha de radio en el canal 16 VHF-FM y solicitar permiso verbal si necesita invadir sobre una zona de seguridad.